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El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza para la regulación de alojamientos turísticos y las sanciones por falta de habilitación

La medida busca garantizar el cumplimiento de normativas y establecer un marco de fiscalización para asegurar la calidad de los servicios ofrecidos.

Plaza Sobremonte de Villa de Merlo.

por Pamela Camargo

elchorrillero.com

Actualizada: 01/09/2024 21:59

El Concejo Deliberante de la Villa de Merlo aprobó este jueves por unanimidad la ordenanza sobre la regulación de alojamientos turísticos y sanciones por falta de habilitación.

La iniciativa surgió por la necesidad de regular adecuadamente los hospedajes y asegurar el cumplimiento de las normativas municipales. También para establecer una autoridad que garantice la correcta fiscalización de los servicios y la imposición de multas en caso de incumplimiento.

En este sentido, el área competente para la habilitación será la dirección General de Habilitaciones y Fiscalizaciones perteneciente a la secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Villa de Merlo, que también será responsable de aplicar las sanciones preventivas y administrativas. En tanto, deberá renovarse anualmente con vencimiento el 31 de diciembre de cada año.

En cuanto a las multas, el juzgado de Faltas Municipal será el órgano encargado de aplicarlas. Ante esto, los propietarios de alojamientos turísticos que presten servicio sin la debida inscripción se procederá a una clausura preventiva y se le otorgará un plazo de 48 horas para que inicie el trámite.

El incumplimiento de estas regulaciones acarrea consecuencias severas: quienes operen sin la debida inscripción enfrentarán clausuras preventivas y un plazo de 48 horas para regularizar su situación. Si no cumplen, se convertirá en definitiva, sumada a multas que se incrementan con la reincidencia.

Sobre la renovación para aquellos que no la hayan realizado en tiempo y forma serán apercibidos con un cierre preventivo por el término de dos días.

Si el infractor no cumple con el plazo, la primera sanción económica será equivalente al doble del valor de la habilitación y en la segunda la suma se triplicará.

En este sentido, el que reincide por tercera vez se procederá a la clausura por 90 días, una cuarta vez, el comercio no podrá funcionar durante un año y una quinta se procederá a la pérdida definitiva de la habilitación.

Con esta medida, la Municipalidad busca fortalecer la regulación del sector turístico, asegurando un servicio de calidad y, al mismo tiempo, protegiendo los intereses de la comunidad local.

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